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Publican en DOF Reforma Judicial y Nulidad Electoral por Injerencia Extranjera

Jun 2, 2026

Se publicaron en el DOF tres reformas en materia judicial, nulidad electoral por injerencia extranjera e integridad de candidaturas, vigentes desde el 3 de junio de 2026.

Tres decretos que modifican la Constitución y la ley electoral quedaron publicados este martes en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF).

Las reformas ajustan el proceso de elección judicial, introducen la intervención extranjera como nueva causal de nulidad electoral y crean un mecanismo para evaluar perfiles de candidatos antes de su registro.

Las tres entran en vigor este miércoles 3 de junio.

Lo que cambia con cada decreto

  • Poder Judicial: ajustes al proceso de elección de jueces y ministros; la siguiente ronda completa será en 2028.

  • Suprema Corte: la presidencia se renovará cada dos años de forma rotatoria según los votos obtenidos en la elección.

  • Artículo 41 constitucional: la intervención extranjera se convierte en causal de nulidad electoral.

  • LEGIPE: se crea la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas dentro del INE.

  • Los tres decretos entran en vigor el 3 de junio de 2026.

La reforma judicial: ¿qué sigue después de 2025?

El decreto de reforma al Poder Judicial no arranca desde cero: es una modificación al decreto publicado el 15 de septiembre de 2024, que estableció la elección popular de jueces y ministros. Lo que hace esta nueva versión es afinar el calendario y las reglas del proceso que ya está en marcha.

El cambio más inmediato tiene que ver con los tiempos: los jueces de circuito y magistrados de distrito cuyo encargo concluiría en 2027 permanecerán en funciones hasta 2028, cuando se celebrará la siguiente jornada electoral judicial, el primer domingo de junio de ese año, de forma coincidente con las elecciones ordinarias.

Lo mismo aplica para los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral que están actualmente en funciones.

En cuanto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la reforma establece que la presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria, y que corresponderá a quienes hayan obtenido mayor votación en su elección.

El Congreso tendrá 90 días para adecuar la legislación secundaria, y las entidades federativas, 180 días para ajustar sus constituciones locales.

La reforma que más debate generó: nulidad por injerencia extranjera

De los tres decretos, el que concentró mayor controversia fue la modificación al artículo 41 constitucional.

La presidenta del Senado, Laura Itzel Castillo, informó sobre la aprobación del decreto “por el que se adiciona un inciso a la base sexta del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para introducir una nueva causal de nulidad de elecciones por intervención extranjera”.

En términos concretos, la norma permite anular una elección cuando se acrediten actos de injerencia de individuos, organizaciones o gobiernos extranjeros que busquen influir en las preferencias ciudadanas o en los resultados electorales.

La oposición votó en bloque en contra y argumentó que la redacción es demasiado amplia: abriría la puerta a impugnar resultados incómodos para el gobierno bajo el argumento de intervención foránea, sin que la norma atienda al mismo tiempo la injerencia del crimen organizado en los comicios.

Morena y sus aliados defendieron la iniciativa como un mecanismo para proteger la soberanía nacional frente a financiamiento externo, campañas de desinformación, manipulación digital y ciberataques.

¿Cómo funcionará el filtro para candidatos?

El tercer decreto modifica la LEGIPE para crear la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas, un órgano dentro del INE integrado por tres consejeros electorales con encargos de tres años y presidencia anual rotatoria, que deberá estar operando antes del proceso electoral de 2027.

El mecanismo funciona así: los partidos podrán entregar —de forma voluntaria— las listas de sus aspirantes a cargos de elección popular antes de su registro.

La Comisión remitirá esos perfiles a la Fiscalía General de la República (FGR), el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), que determinarán si existe un “riesgo razonable” de vínculos con actividades delictivas.

La información que regresa a los partidos es acotada: solo se les notifica cuántas y cuáles instancias identificaron un riesgo, sin revelar el asunto que lo originó. Con esa señal, cada partido decide si registra o no al candidato evaluado.

Los costos del mecanismo corren con cargo al presupuesto ya aprobado al INE, sin recursos adicionales.

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